
CIUDAD DE MÉXICO, 26 de febrero.- El pleno del Senado se apresta este miércoles a discutir y eventualmente aprobar la nueva Ley Federal de Consulta Popular que expresamente en su Artículo 11 impide que sean materia de consulta, entre otros rubros, “los ingresos y gastos del Estado”, asunto en el que centrarán sus baterías los legisladores de la mayoría priista, el Verde y el PAN para obstaculizar cualquier intento de los senadores de izquierda por introducir la reforma energética como sujeto de consulta.
En una sesión que se espera larga –de al menos seis horas, deslizaron senadores de diversos partidos-, los perredistas introducirán tres elementos para buscar dilatar o incluso postergar este debate y votación, a partir del voto en lo particular del senador Isidro Pedraza, así como otro más de toda la bancada pretendiendo una “moción suspensoria”, aduciendo que se requiere más tiempo para analizar el contenido de esta Ley.
El nuevo ordenamiento, que se deriva de la reformas constitucional en materia política, tiene como propósito regular el procedimiento para la convocatoria.
Sin embargo, como el propio coordinador del PRD en la Cámara Alta, Miguel Barbosa, lo ha adelantado, “nos van a mayoritear” y se espera que al final con todo tipo de expresiones, sea aprobada bajo el concepto que emitiera el dirigente priista, el senador Emilio Gamboa: “no a la consulta popular en materia energética”.
Las partes, en todo caso, esperarán que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que emita el veredicto final sobre la consulta popular, a partir de la demanda de amparo que interpusieran diversos senadores del PRD, del PT y Movimiento Ciudadano.
Además de los ingresos y gastos, tampoco podrán ser sujetos de consulta popular, acorde con el texto de este ordenamiento que se divulgó esta mañana en la Gaceta del Senado: la restricción de los derechos humanos reconocidos por la Constitución; los principios consagrados en el artículo 40 de la Constitución; la materia electoral; la seguridad nacional, y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada.
El nuevo ordenamiento, que se deriva de la reformas constitucional en materia política, tiene como propósito regular el procedimiento para la convocatoria, organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados de la consulta popular, así como promover la participación ciudadana en la implementación de este mecanismo.
Entre otros puntos, el proyecto de decreto establece que serán objeto de consulta popular los actos de carácter legislativo del Congreso de la Unión, así como actos administrativos del Ejecutivo Federal, siempre que sean de trascendencia nacional, que repercutan en la mayor parte del territorio nacional o que propongan legislar sobre nuevas leyes o modificaciones a las existentes que impacten en una parte significativa de la población.
Las Comisiones de Gobernación, Estudios Legislativos Segunda y Anticorrupción y Participación Ciudadana –señalan los antecedentes de esta ley- “coincidimos en que la Ley Federal de Consulta Popular contribuirá a fortalecer los mecanismos que permitan a la sociedad ejercer su derecho a expresar su opinión sobre temas trascendentales para el desarrollo del país, siendo factor determinante en la toma de decisiones y en la ejecución de políticas públicas por parte de las autoridades, para incidir directamente en los asuntos de la vida pública nacional; lo que representa un importante avance en la búsqueda de consolidar nuestro sistema democrático”.
Un asunto será considerado de trascendencia nacional y, en consecuencia, ser un tema de consulta popular, cuando el mismo contenga elementos que repercutan en la mayor parte del territorio nacional; que impacten en una parte significativa de la población; que propongan la creación, modificación o eliminación de políticas públicas que repercutan en la mayor parte del territorio nacional o impacten en una parte significativa de la población; que propongan legislar sobre nuevas leyes o modificaciones a las existentes que impacten en una parte significativa de la población, y las que determine el Congreso de la Unión.
Este decreto puntualiza correctamente el procedimiento que tendrá que seguirse en la consulta, relacionado con la convocatoria, organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados de ésta; etapas que deberán cumplimentarse bajo los principios de transparencia y publicidad en el proceso; lo anterior, con el propósito de que las consultas que se apliquen en un futuro, alcancen un alto grado de legitimidad.
De aprobarse el dictamen que se presenta, dicen los senadores de todos los partidos, “estaríamos dando cabal cumplimiento a lo establecido en el texto constitucional, toda vez que se definirían los objetivos y alcances de la consulta popular, así como las particularidades según el sujeto que en su momento presenta la petición de consulta popular; así también, los alcances que tendrán en esta materia, el Congreso de la Unión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Instituto Federal Electoral”.
jpg

